Público objetivo
- Directivos, Empleados y miembros de Comités de las organizaciones solidarias
las cooperativas, fondos de empleados y mutuales vigiladas por la Superintendencia de Economía Solidaria han sido reguladas cada vez más exigentemente. Se les exige identificar, evaluar, medir y monitorear sus riesgos en áreas como crédito, liquidez, mercado, operativo, lavado de activos y financiación del terrorismo.
Identificación y evaluación de riesgos
- Las organizaciones deben identificar los riesgos a los que están expuestas.
- Deben nombrar un comité de riesgos para supervisar estos riesgos.
- Es necesario contar con personal especializado encargado del monitoreo continuo de los riesgos.
- El personal especializado debe informar oportunamente a la junta directiva y al consejo de administración sobre los riesgos identificados.
- Se deben proporcionar recomendaciones para ajustar las operaciones y alcanzar las metas establecidas.
Monitoreo continuo y reporte oportuno
- El personal especializado debe realizar un seguimiento constante de los riesgos identificados.
- Deben informar oportunamente a la junta directiva y al consejo de administración sobre cualquier cambio o situación que requiera ajustes.
- El reporte debe incluir recomendaciones para abordar los riesgos y lograr los objetivos establecidos.
evaluación